Pregunta del usuario:
«Si he cometido un delito aquí en Chile, ¿puedo solicitar una visa o una residencia? ¿Qué dice la ley?» — William
Respuesta:
Estimado William, la respuesta breve es que depende de la gravedad del delito, del estado de la causa penal y del lugar donde se cometió (en Chile o en el extranjero).
La actual Ley de Migración y Extranjería N° 21.325 establece dos grandes tipos de prohibiciones y causales de rechazo para permisos de residencia: las imperativas (obligatorias) y las facultativas (discrecionales).
A continuación, detallamos los escenarios legales vigentes:
🛑 1. Prohibiciones Imperativas (Rechazo Obligatorio)
De acuerdo con el Artículo 32 de la ley, el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG)negará de forma obligatoria la residencia a quienes hayan sido condenados, procesados o imputados por delitos de alta gravedad. No hay margen de excepción si te encuentras en los siguientes casos:
- Delitos de alta connotación internacional: Terrorismo, crímenes de lesa humanidad, genocidio, tortura o crímenes de guerra.
- Crimen organizado y narcotráfico: Tráfico ilícito de estupefacientes, tráfico de armas, lavado de activos, tráfico ilícito de migrantes o trata de personas.
- Delitos violentos graves: Homicidio, femicidio, parricidio, infanticidio, secuestro, sustracción de menores, robo con intimidación, violencia, homicidio o violación.
- Delitos contra menores: Producción, almacenamiento o comercialización de material pornográfico infantil.
- Seguridad del Estado: Delitos contra la soberanía nacional o la seguridad exterior e interior del país.
- Orden de Interpol: Estar registrado con alertas de captura internacionales vigentes.
⚠️ El caso de las condenas en Chile: La ley prohíbe expresamente otorgar residencia a personas que hayan sido condenadas en Chile y cuya pena no se encuentre cumplida o prescrita.
⚖️ 2. Prohibiciones Facultativas (Sujetas a Evaluación)
El Artículo 33 detalla situaciones donde la autoridad puede (tiene la facultad de) rechazar la solicitud de residencia dependiendo de los antecedentes: [1]
- Delitos comunes en el extranjero: Haber sido condenado fuera de Chile en los últimos 10 años por un crimen o en los últimos 5 años por un simple delito (según la calificación penal chilena).
- Procesos pendientes: Estar prófugo de la justicia o tener procesos judiciales abiertos en el extranjero por crímenes o simples delitos.
- Expulsiones previas: Haber sido expulsado o deportado de otro país en los últimos 5 años.
- Ley Chile – Ley 21325 – Biblioteca del Congreso Nacional de …La ley regula las causales de rechazo y revocación, imperativa y facultativa, de los permisos de residencia, los que se dispondrán…Biblioteca del Congreso Nacional de Chile
- Ley Chile – Ley 21325 – Biblioteca del Congreso Nacional – BCN01-04-2025 — De las prohibiciones de ingreso. Artículo 32.- Prohibiciones imperativas. Se prohíbe el ingreso al país a los extranjeros que: 1. …Biblioteca del Congreso Nacional de Chile
- Causales de rechazo de una solicitud
